Joan Andreu Reverter: “La voracidad de Hacienda no ha menguado por la pandemia”

Joan Andreu Reverter con el equipo de su bufete. CEDIDA

El fundador del bufete Reverter Advocats y presidente de la sección de Derecho Bancario del Colegio de Abogados de Tarragona alerta a los empresarios sobre la “brutal voracidad” de la Hacienda pública y da algunos consejos al respecto. A su juicio, la situación de crisis sanitaria no sólo no ha reducido este afán recaudatorio, sino que “antes al contrario se incrementa hasta incluso incurrir en abuso de Derecho”. 

Joan Andreu Reverter anima a combatir algunas prácticas cuando menos irregulares ante las que los empresarios deben hacer valer sus derechos. Es el caso de las medidas cautelares que acostumbra a tomar Hacienda para forzar -con embargos u otras disposiciones- el pago de sus requerimientos “desde el minuto cero” cuando debería esperar a que se agote la vía administrativa.

“Para ello emplean indebida y desproporcionadamente el artículo 81 que regula las medidas cautelares, validadas bajo una interpretación interesada (se valen de la apariencia de buen Derecho, pues es una Administración pública, y de un supuesto riesgo recaudatorio, que en realidad sólo se debería aplicar en casos de actos fraudulentos) para justificar los embargos; vienen a decir: usted me paga ya, porque en el futuro me deberá X dinero y entonces ya no me podrá pagar”. 

Asimismo, en virtud de una sentencia del Tribunal Supremo que ha pasado relativamente desapercibida, Reverter subraya también el derecho a la presunción de inocencia de las empresas y les aconseja “que pierdan el miedo a decir no a Hacienda cuando pide permiso para entrar a inspeccionar su sede, documentación, ordenadores, etc”. “Buscan el efecto sorpresa, pero no pueden entrar sin una orden judicial, que es bastante difícil de justificar salvo delitos graves”, expone.

Si bien la Tesorería General de la Seguridad Social, al igual que las entidades bancarias, se muestran dispuestas a negociar los plazos de pago si está en juego la viabilidad de una empresa con potencial de recuperación, según Reverter Hacienda prefiere mantener una postura inflexible “aunque ello signifique la quiebra y la extinción de la sociedad”. En este sentido, con la idea de “ayudar a salvar empresas y no a su enterramiento”, desde Reverter Advocats también recomiendan como alternativa la figura del pre-concurso, una fase de cuatro meses previa al concurso de acreedores. 

“Desde la experiencia que nos dio la crisis de 2008, la mayoría de los concursos terminan en liquidación por tres razones: los bancos no ayudan en esa fase ‘terminal’; los ritmos de los Juzgados no permiten las decisiones rápidas que requiere el pulso empresarial; y la figura del Administrador, que representa los intereses de los acreedores, no ayuda a que se pueda pagar sino que merma poca liquidez que pueda existir”. Por todo ello, Reverter recomienda preparar esa fase pre-concursal con al menos dos meses de antelación, “de manera que el corazón del negocio y el interés comercial de la empresa se mantengan intactos y pueda dar una imagen de viabilidad a los bancos, que también han ido aprendiendo a negociar”.